PROPONEN REFORMA PARA QUE DELEGADOS MUNICIPALES Y PRESIDENTES DE COLONIA SEAN ELECTOS POR VOTO POPULAR

Boletin DCS
Congreso del Estado
Chilpancingo, Gro.
18 de octubre del 2020.

El diputado Carlos Cruz López presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado para que los delegados municipales y presidentes de colonias sean electos de manera pública y paritaria por un período de tres, dos y un año, respectivamente, al igual que los comisarios, mediante planillas o por usos y costumbres, de acuerdo a la localidad o comunidad a que pertenezcan.

La propuesta que analiza la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación establece que las autoridades auxiliares bajo la figura de comisarios, delegados municipales y presidente de colonia sean electas de manera pública conforme al procedimiento establecido en la convocatoria que al efecto expida el ayuntamiento que corresponda, mediante planillas o por usos y costumbres, de acuerdo con la localidad o comunidad a que pertenezcan.

El legislador de Morena propone en su iniciativa que la integración sea de manera paritaria y regular la duración del cargo de los titulares de estos órganos auxiliares, proponiendo que la comisaria municipal tenga una duración de tres años de manera ininterrumpida, el delegado municipal dos años y el presidente de colonia un año, sin posibilidad de reelección.

Cruz López cuestionó que en la legislación municipal no se establece un artículo en el cual se particularice la figura del presidente de colonia, aun cuando es una figura importante como auxiliar de la administración pública, debido al acercamiento que éste tiene con los habitantes de una demarcación territorial, por lo que se propone regular esa figura

y que se renueve cada año sin derecho a reelección, y su nombramiento sea sometido también a votación.

La Iniciativa propone reformar las fracciones XXIII y XXV del artículo 61, la fracción I del 196, el 199, el segundo párrafo del 203 B, y adicionar un párrafo al 204, así como derogar el segundo párrafo del artículo 199 de la Ley Orgánica Del Municipio Libre del Estado.