PLANTEAN REFORMA A LEY ORGÁNICA DE LA FISCALÍA GENERAL PARA EVITAR REVICTIMIZACIÓN DE AGRAVIADOS POR PARTE DE LOS MINISTERIOS PÚBLICOS

BOLETIN|DCS
Chilpancingo, Gro.
24 de febrero del 2021.

El diputado Carlos Cruz López propuso una iniciativa para adicionar la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado a efecto de establecer la “debida responsabilidad” del agente del Ministerio Público, con el fin de evitar la revictimización de las personas que hayan sufrido un perjuicio en su patrimonio o integridad física, así como solicitar el procedimiento de investigación cuando la víctima lo requiera.

En su propuesta, el legislador de Morena señala que es un hecho notorio que en las agencias del MP se practican irregularidades, como omisiones en la atención de las víctimas que presentan su denuncia o agravio.

Esto, dijo, contraviene lo que señala la Declaración Universal y la Convención Americana de Derechos Humanos, así como lo establecido en los artículos 1º y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prevén que la víctima de un delito debe recibir la debida atención, además de respetar su dignidad humana y velar por que se proteja su integridad física.

Sin embargo, recalcó que en los hechos no se les brinda la atención inmediata a las víctimas ni un trato digno, se ponen diversos pretextos para no levantar la denuncia y, en algunos casos, el Ministerio Público solamente levanta un acta, en lugar de iniciar la carpeta de investigación.

“Esto entorpece la judicialización, es un acto doloso y negligente que provoca que el agraviado desista de continuar con el trámite, lo cual inhibe la denuncia, y lo que es peor, con ello se alimenta la impunidad”, abundó.

Cruz López plantea adicionar tres párrafos al artículo 12 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, para establecer debidamente la responsabilidad del Ministerio Público y evitar revictimizar a la persona que ha sufrido un perjuicio en su patrimonio o en su persona, y en caso de omisión por parte del agente o funcionario encargado de levantar la denuncia y de dar la continuidad a la carpeta de investigación o al procedimiento penal, se considerará como grave y será motivo de suspensión del cargo de 30 hasta 90 días sin goce de sueldo, y en caso de reincidencia, se procederá a su inmediata destitución, además de fincarle las responsabilidades civiles, penales y administrativas que procedan.

Acuerdo

El diputado Carlos Cruz López también presentó un acuerdo para exhortar a los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal para que implementen un fondo económico emergente o programa de microcréditos a la palabra temporales en favor de los grupos vulnerables, mismos que se han visto particularmente afectados por la pandemia de Covid-19, y que no son beneficiados con ningún programa de los tres niveles de gobierno.

Dicho acuerdo se turnó a la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo para su análisis y emisión del dictamen correspondiente.

PLANTEAN REFORMA PARA IMPEDIR QUE EL GOBERNADOR PUEDA NOMBRAR FAMILIARES EN CARGOS PÚBLICOS

BOLETIN|DCS
Chilpancingo, Gro.
11 de febrero del 2021.

Para impedir que el Ejecutivo estatal nombre, proponga o designe como servidores públicos o empleados a familiares por línea ascendente y descendente hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, evitando conflictos de intereses, el diputado Carlos Cruz López propuso modificar la Constitución Política del Estado de Guerrero.

Al presentar su iniciativa, el diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena señaló que actualmente es una constante que un funcionario público sea recomendado por el simple hecho de tener una relación de parentesco o vínculos con la persona que lo está promoviendo, sin tomar en cuenta que existen personas calificadas y competentes para representar eficazmente el cargo.

Manifestó que el nepotismo es una forma de corrupción o práctica fraudulenta que consiste en asignar recursos de un entorno de trabajo a familiares y amigos, sin tomar en cuenta su idoneidad para el desempeño o su preparación para un cargo, sino su cercanía emocional y sus lealtades personales.

El legislador aseguró que esta práctica violenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que señala la necesaria igualdad de oportunidades de acceso al trabajo público, dado que es financiado con el dinero de todos.

Abundó que en la administración Pública Estatal es común ver nombramientos de familiares en cargos de primer nivel, sin que se tenga en cuenta sus aptitudes ni capacidades para ocupar esos puestos.

Por estas razones, Cruz López considera que se debe regular esta situación, estableciendo que el gobernador queda impedido para nombrar, proponer o designar como servidores públicos o empleados a familiares de hasta el cuarto grado consanguíneo, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, “porque lo que se requiere es que al frente de las dependencias haya gente capaz para cumplir con los objetivos requeridos”.

La iniciativa de adición de un párrafo a la fracción XV del artículo 91 de la Constitución Política del Estado de Guerrero fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos.