PROPONEN INCORPORAR LA CONSULTA PREVIA EN FAVOR DE TODOS LOS GRUPOS VULNERABLES

BOLETÍN|DCS
Chilpancingo, Gro.
25 de abril del 2021.

Para incorporar al proceso legislativo la realización de consultas, foros o parlamentos abiertos dirigidos a los grupos o sectores vulnerables que puedan ser afectados por las medidas, acciones y programas que el Estado y la propia Ley pretendan dar vigencia, el diputado Aristóteles Tito Arroyo presentó una iniciativa de adición a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.

El legislador expone que los grupos vulnerables han sido objeto de discriminación, y a pesar de que el Estado ha intentado mejorar sus condiciones de vida a través de programas y acciones, no han hecho posible que sus condiciones de vida sean aceptables.

En su propuesta, el legislador plantea que el Congreso local, en su labor de crear leyes en favor de los ciudadanos en general, considere consultas previas a los grupos vulnerables, como un proceso de determinación de las medidas a emprender, que contemplen la opinión del sector a que van dirigidas.

Abundó que en el caso de los indígenas y afromexicanos, la legislación mexicana e internacional señala como una obligatoriedad consultarlos en los aspectos que puedan afectar su condición de vida; sin embargo, “esta medida no debería ser únicamente aplicable a ellos, sino a todos los grupos vulnerables”.

Tito Arroyo manifestó que la consulta debe ser una herramienta y un mecanismo obligatorio del Estado frente a sus gobernados, a efecto de elevar el nivel de participación ciudadana, que fortalezca la democracia en el estado.

Esta propuesta fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos para su análisis y dictaminación correspondientes.

PLANTEAN REFORMA PARA ARMONIZAR LA DENOMINACIÓN DE PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO, PARA UNA MEJOR ADMINISTRACIÓN EN LOS MUNICIPIOS

BOLETIN|DCS
Chilpancingo, Gro.
12 de marzo del 2021.

El diputado Marco Antonio Cabada Arias (Morena) presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero para cambiar la denominación en dicho ordenamiento de Plan de Desarrollo Municipal por Plan Municipal de Desarrollo, a efecto de evitar confusiones que afecten la manera de administrar el Municipio.

El diputado promovente refirió que el Plan Municipal de Desarrollo es un documento que contiene los objetivos, propósitos y estrategias en que se definen las principales políticas y líneas de acción que el ayuntamiento deberá tomar en cuenta para la elaboración de programas operativos anuales, de acuerdo con el Instituto Nacional para el Federalismo y el Desarrollo Municipal (INAFED).

Precisó que el mismo debe elaborarse o actualizarse al inicio de cada periodo constitucional de la administración municipal, además de que en dicho instrumento se plasman las necesidades básicas a satisfacer y un catálogo de programas con los cuales se intentará resolver los problemas sociales de un municipio.

Cabada Arias expuso que se ha generado confusión en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, el cual refiere al plan en los artículos 38 y 73 fracción XIX como “Plan de Desarrollo Municipal”, mientras que en los artículos 62 fracción IV, 65 fracción II, 149 y 223 lo refieren como “Plan Municipal de Desarrollo”.

Ante esto, dijo que lo correcto será denominarlo Plan Municipal de Desarrollo, tal y como a nivel estatal se conoce como Plan Estatal de Desarrollo y a nivel federal como Plan Nacional de Desarrollo.

La propuesta de reforma a los artículos 38 y 73 fracción XIX de dicha Ley Orgánica fue turnada a la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, para su análisis y dictaminación correspondientes.