La Sexagésima Segunda Legislatura al H. Congreso del Estado de Guerrero, en ejercicio de sus facultades:
CONVOCAN
A todos las y los ciudadanos guerrerenses interesados en participar en el proceso de selección y designación de la o el Titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero, Órgano Técnico Auxiliar del Poder Legislativo, conforme a las siguientes:
BASES:
DEL ÓRGANO RESPONSABLE DE CONDUCIR EL PROCESO
PRIMERA.– La Junta de Coordinación Política del Congreso Local será el órgano encargado de recibir, cotejar, revisar e integrar expedientes; vigilar el debido cumplimiento en la entrega de la documentación necesaria establecida en la presente convocatoria; valorar los antecedentes curriculares de los aspirantes; en su caso, registrar a las y los aspirantes para ser la o el Titular de la Auditoria Superior del Estado de Guerrero, y formular la propuesta correspondiente, para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones podrá designar al personal técnico del H. Congreso del Estado que estime pertinente.
DEL REGISTRO DE ASPIRANTES
SEGUNDA.- El registro de aspirantes se llevará a cabo por la Presidencia de la Junta de Coordinación Política del día 7 al 16 de julio de 2021 en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas, a través del personal técnico que designe la Junta de Coordinación Política, en el Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado de Guerrero, Boulevard Vicente Guerrero, Trébol Sur, Sentimientos de la Nación S/N, Colonia Villa Moderna, C.P. 39075, en Chilpancingo de los Bravo, Estado de Guerrero.
DE LOS REQUISITOS
TERCERA.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 111, 148 y 152 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, 87 y Tercero Transitorio del Decreto 766 de la Ley número 468 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Guerrero, para poder ser propuesto en la terna para su designación como Titular de la Auditoria Superior del Estado de Guerrero, Órgano Técnico Auxiliar del Poder Legislativo, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento en ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
II.- Tener cuando menos treinta años cumplidos al día de la designación;
III.- Gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal, ni estar inhabilitado para el desempeño de cargos públicos;
IV.- Haber residido en el Estado durante cinco años anteriores al día de su nombramiento;
V.- Contar con experiencia de al menos cinco años en materia de control, Auditoria financiera y de responsabilidades;
VI.- Poseer al día de su designación, título y cédula profesional en Contaduría Pública, Economía, Derecho, Administración u otra área afín a la gestión y control de recursos públicos, expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello.
VII.- No ser ministro de ningún culto religioso.
VIII. No haber sido titular de ninguna dependencia, entidad u organismo de la Administración Pública Estatal o Municipal, o representante popular federal o estatal, titular de algún órgano constitucional autónomo, Magistrado del Poder Judicial, Consejero de la Judicatura o titular de cualquier entidad fiscalizable, durante dos años previos a su designación.
- No haber sido dirigente de algún partido político, ni postulado para cargo de elección popular dentro de los tres años anteriores a su designación; y
X.- No tener parentesco consanguíneo o de afinidad hasta tercer grado, con los titulares de los poderes del Estado o secretarios de despacho.
DE LA DOCUMENTACION COMPROBATORIA
CUARTA.- Las y los aspirantes deberán exhibir los documentos originales para cotejo y entregar copias a la Junta de Coordinación Política del H. Congreso del Estado, en digital y 3 tantos a través del personal técnico que designe, para su registro, de los documentos siguientes:
a). Copia simple del acta de nacimiento.
b). Copia simple de la credencial para votar con fotografía.
c). Constancia de estar inscrito en el Padrón Electoral del Estado de Guerrero, expedida por el Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral.
d). Copia simple del título y de la cédula profesionales.
e). Constancia de no antecedentes penales expedida por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Guerrero.
f). Documento o documentos que acrediten que el solicitante ha residido durante los últimos cinco años en el territorio de la Entidad.
g). Documentos que acrediten que el solicitante cuenta con experiencia de al menos cinco años en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades.
h). Declaratoria bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos previstos en las fracciones VII, VIII, IX y X de la base tercera que antecede. El formato respectivo será expedido por la Junta de Coordinación Política al momento del registro.
i). Curriculum Vitae que contenga soporte documental y firma autógrafa.
- j) Resumen curricular con foto de máximo una cuartilla en formato de letra Arial 12, sin domicilio, teléfono ni correo electrónico, para su eventual publicación.
k). 4 fotografías a color tamaño credencial.
l). Carta de intención, y
m). Plan de Trabajo.
El registro y entrega de documentos deberá realizarse personalmente por el aspirante, la entrega y presentación de documentos no prejuzga el cumplimiento de los requisitos.
En su caso, la Junta de Coordinación Política, a través del funcionario que se designe, cotejará la documentación con los originales respectivos.
En cualquier momento la Junta de Coordinación Política, podrá solicitar a las y los aspirantes la presentación de los documentos originales para su cotejo y revisión.
DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
QUINTA.- Recibidas las solicitudes de registro y la documentación comprobatoria a que hace referencia esta convocatoria, el Presidente de la Junta de Coordinación Política distribuirá los expedientes de manera digital entre los integrantes de la Junta a efecto de verificar la acreditación de los requisitos con la documentación comprobatoria.
Concluida la revisión de los expedientes, la Junta de Coordinación Política publicará en los Estrados de la Junta de Coordinación que para tal efecto se designe en el H. Congreso del Estado, la lista que contenga los nombres de las y los aspirantes que cumplieron con los requisitos que señala la presente convocatoria.
SEXTA.- La Junta de Coordinación Política para el análisis y evaluación de las y los profesionistas registrados que cumplieron con los requisitos, comunicará a cada uno de ellos, fecha y hora para la entrevista y exposición de su plan de trabajo conforme lo señala el artículo 84 de la Ley número 468 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Guerrero sujetándose al procedimiento siguiente:
- En los días establecidos conforme al número de aspirantes y en términos del calendario aprobado por la Junta de Coordinación Política, el Presidente de la Junta de Coordinación Política instalará la reunión de trabajo;
- Las y los aspirantes a los que les corresponda ser entrevistados en las fechas señaladas, deberán estar presentes en el recinto oficial del H. Congreso del Estado, 20 minutos antes de su entrevista, y serán llamados a la Sala Legislativa que se designe, en el orden de prelación. Ninguno de las o los aspirantes podrá estar presente en cualquiera de las otras entrevistas que se realicen, antes o posteriormente al día que les corresponda;
- Las entrevistas se dividirán en dos partes: una primera parte expositiva, en la que la o el aspirante, contará con un tiempo máximo de 20 minutos para presentar su propuesta de Plan de Trabajo, pudiendo hacer uso de los materiales que le resulten necesarios; y una segunda parte para comentarios, observaciones y preguntas y respuestas, por un tiempo máximo de 20 minutos;
- Al término de la exposición, se elaborará una lista de las o los diputados que deseen hacer una primera intervención, otorgando la palabra a cada uno de ellos para hacer las preguntas o emitir las observaciones y/o comentarios que consideren pertinentes;
- La o el aspirante, al término de las intervenciones de la y/o los diputados, dará respuesta a las preguntas formuladas de manera muy concisa, a fin de no rebasar el tiempo establecido para esta segunda etapa. En su caso, y de ser estrictamente prudente, se podrá abrir una segunda ronda de intervenciones, conforme al procedimiento anteriormente descrito;
- Al término de las entrevistas programadas para ese día, el Presidente dará por concluidos los trabajos y clausurará la reunión;
- Cualquier aspecto no previsto en el presente procedimiento, será resuelto por acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
SEPTIMA.- Concluida la revisión de los expedientes y, en su caso, desahogadas las entrevistas y exposición del Plan de Trabajo de las y los Profesionistas Registrados, la Junta de Coordinación Política formulará la propuesta de terna al Pleno del Congreso para designar a la o al Titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero.
DE LA PRESENTACION Y APROBACIÓN
DE LAS PROPUESTAS
OCTAVA.- El Pleno de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado, conocerá la Terna para nombrar al Titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero y, en su caso, procederá a su discusión y aprobación. La aprobación y designación de la o el Auditor Superior del Estado de Guerrero, requerirá del voto de las dos terceras partes de los diputados presentes en sesión del Pleno del Congreso del Estado, conforme lo dispuesto por los artículos 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 151, numeral 1, de la Constitución Política del Estado de Guerrero, 83 y 87 de la Ley número 468 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Guerrero.
DE LA TOMA DE PROTESTA
NOVENA.- La o el ciudadano que resulte designado por las dos terceras partes de los diputados presentes en sesión Titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero, Órgano Auxiliar del Poder Legislativo deberán rendir protesta ante el Pleno de la Sexagésima Segunda Legislatura del Estado, en la sesión en que sea designado y entrará en funciones a partir del día siguiente de su toma de protesta para un periodo de 7 años, conforme lo establece el numeral 2 del artículo 151 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero y 86 de la Ley número 468 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Guerrero.
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
DÉCIMA.- La Junta de Coordinación Política y la Legislatura Local, se reservan la secrecía y confidencialidad de la información generada durante el proceso de selección y designación del Titular de la Auditoría Superior del Estado de Guerrero.
DÉCIMA PRIMERA.- Los resultados emitidos por la Junta de Coordinación Política y, en su caso, por el Pleno de la Legislatura Estatal, no podrán ser impugnados por los aspirantes.
DÉCIMA SEGUNDA.- La Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Segunda Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, podrá modificar los plazos contenidos en la presente convocatoria.
DE LOS CASOS NO PREVISTOS
DÉCIMA TERCERA.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero.
Chilpancingo de los Bravo, Guerrero a 6 de julio de 2021
A T E N T A M E N T E
Dip. Eunice Monzón García Presidenta de la Mesa Directiva |
Dip. Dimna Guadalupe Salgado Apátiga Secretaria | Dip. Celeste Mora Eguiluz Secretaria |