CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE POLÍTICAS PÚBLICAS, QUE CORRESPONDE DESIGNAR AL CONGRESO DEL ESTADO.

La Sexagésima Segunda Legislatura al H. Congreso del Estado de Guerrero, en ejercicio de sus facultades:

CONVOCA

A todas y todos los ciudadanos guerrerenses interesados en participar en el proceso de selección y designación de las o los Consejeros del Consejo de Políticas Públicas del Estado de Guerrero, conforme a las siguientes:

BASES:

DEL ÓRGANO RESPONSABLE DE CONDUCIR EL PROCESO

PRIMERA.- La Junta de Coordinación Política del Congreso Local será el órgano encargado de recibir, cotejar, revisar e integrar expedientes; vigilar el debido cumplimiento en la entrega de la documentación necesaria establecida en la presente convocatoria; valorar los antecedentes curriculares de los aspirantes; en su caso, registrar a los aspirantes para ser Consejeras o Consejeros del Consejo de Políticas Públicas, y formular la propuesta correspondiente. Para el cumplimiento de sus funciones y atribuciones podrá designar al personal técnico del H. Congreso del Estado que estime pertinente.

DEL REGISTRO DE ASPIRANTES

SEGUNDA.- El registro de aspirantes se llevará a cabo por la Presidencia de la Junta de Coordinación Política a partir del día 15 al 26 de marzo de 2021, en días hábiles en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas, a través del personal técnico que designe la Junta de Coordinación Política, en el Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado de Guerrero, Boulevard Vicente Guerrero, Trébol Sur, Sentimientos de la Nación S/N, Colonia Villa Moderna, C.P. 39075, en Chilpancingo de los Bravo, Estado de Guerrero.

DE LOS REQUISITOS

TERCERA.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 156 en correlación con el 111 con excepción de la fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, para poder ser designado como Consejera o

Consejero del Consejo de Políticas Públicas, se deberán cumplir los requisitos siguientes:

I.- Ser Ciudadano Mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;

II.- Tener cuando menos treinta años cumplidos el día de la designación; 


III.- Gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito que amerite 
pena corporal, ni estar inhabilitado para el desempeño de cargos públicos;

IV. Haber residido en el Estado durante cinco años anteriores al día de su nombramiento;

V. Contar con conocimientos especializados y con experiencia debidamente comprobados en el ámbito de su competencia y con experiencia debidamente comprobada de, al menos, cinco años dentro de la administración pública;

VI. Poseer al día de su nombramiento, título y cédula profesional de licenciado en áreas afines a las de su competencia, expedidas por autoridad o institución legalmente facultada para ello;

VII. No ser ministro de ningún culto religioso; y,

VIII. No haber sido dirigente de algún partido político ni postulado para cargo de elección popular dentro de los tres años anteriores a su designación.

DE LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA

CUARTA.- Los aspirantes deberán exhibir y presentar para su registro, ante la Junta de Coordinación Política del H. Congreso del Estado, a través del personal técnico que esta designe, los originales o copias certificadas, según corresponda, en 3 tantos y en digital, de los siguientes documentos:

a). Acta de nacimiento.

b). Credencial para votar con fotografía.

c). Constancia de estar inscrito en el Padrón Electoral del Estado de Guerrero, expedida por el Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral.

d). Título y cédula profesionales.

e). Carta de no antecedentes penales expedida por la Fiscalía General del Estado de Guerrero, vigente.

f). Documento o documentos que acrediten que el solicitante ha residido durante los últimos 5 años en el territorio de la Entidad. (Constancia de residencia expedida por autoridad facultada para ello y/o Comprobante de domicilio)

g). Documento o documentos que acrediten que el solicitante cuenta con experiencia debidamente comprobada de, al menos, cinco años dentro de la administración pública.

h). Declaratorias bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos previsto en las fracciones VII y VIII de la base tercera que antecede. Los formatos respectivos serán expedidos por la Junta de Coordinación Política al momento del registro.

i). Currículum vitae suscrito por la o el aspirante con soporte documental; el cual deberá contener, entre otros datos: nombre, domicilio, teléfonos y correo electrónico; estudios realizados, trayectoria laboral, académica, política, docente y profesional.

j). Resumen curricular de máximo una cuartilla en formato de letra Arial 12, sin domicilio ni teléfono, para su eventual publicación.

k). 4 fotografías a color tamaño credencial.

l). Carta de intención de exposición de Motivos, y

m). Plan de Trabajo.

Los documentos adjuntados, deberán ser presentados en tres tantos con su original para cotejo, en la etapa de entrevistas.

Los documentos originales, previo cotejo y compulsa, serán devueltos a los interesados.

Las copias fotostáticas certificadas se agregarán a los expedientes respectivos.

El registro y entrega de documentos deberá realizarse personalmente por el aspirante, en su caso, de que opte por el registro presencial; la entrega y presentación de documentos no prejuzga el cumplimiento de los requisitos.

Lo anterior no excluye la facultad de la Junta de Coordinación Política, para solicitar a los aspirantes la presentación de los documentos originales las veces que se requieran.

ETAPAS

QUINTA.- REGISTRO DE LAS Y LOS ASPIRANTES. La Junta de Coordinación Política a través de su Presidente o del Personal que esta designe recibirá las solicitudes de registro y la documentación para ocupar los cargos convocados, el Presidente de la Junta de Coordinación Política con auxilio del personal técnico que designe, distribuirá los expedientes entre los integrantes de la comisión.

SEXTA.- VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS Y VALORACIÓN CURRICULAR. La Junta de Coordinación Política, con el apoyo del personal que estime pertinente, verificará el cumplimiento de los requisitos.

Dicha evaluación estará a cargo de las Diputadas y los Diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política. Una vez realizada la valoración curricular, se elaborará la lista de candidatos.

SÉPTIMA.- COMPARECENCIA DE LAS PERSONAS PROPUESTAS.- La Junta de Coordinación Política para el análisis y evaluación de las y los profesionistas registrados que cubrieron los requisitos, podrá comunicar a cada uno de ellos, fecha y hora para la entrevista y exposición de su plan de trabajo de manera presencial o virtual, sujetándose al procedimiento siguiente:

1. En los días establecidos conforme al Número de las y los aspirantes y en términos del calendario aprobado por la Junta de Coordinación Política, el Presidente de la Junta de Coordinación Política instalará la reunión de trabajo;

2. Las y los aspirantes a los que les corresponda ser entrevistados en las fechas señaladas, deberán estar presentes en el recinto oficial del H. Congreso del Estado, 20 minutos antes de su entrevista, y serán llamados a la Sala Legislativa que se designe, en el orden cronológico en que fueron registrados, o, en su caso, en la sesión virtual en la hora que oportunamente se señale. Ninguno de las o los aspirantes podrá estar presente en cualquiera de las otras entrevistas que se realicen, antes o posteriormente al día que les corresponda;

3. Las entrevistas se dividirán en dos partes: una primera parte expositiva, en la que la o el aspirante, contará con un tiempo de 15 minutos para presentar su propuesta de Plan de Trabajo, pudiendo hacer uso de los materiales que le resulten necesarios; y una segunda parte para comentarios, observaciones y preguntas y respuestas de 15 minutos,

4. Al término de la exposición, se elaborará una lista de la o los diputados que deseen hacer una primera intervención, otorgando la palabra a cada uno de ellos para hacer las preguntas o emitir las observaciones y/o comentarios que consideren pertinentes;

5. La o el aspirante, al término de las intervenciones de la y/o los diputados, dará respuesta a las preguntas formuladas de manera muy concisa. En su caso, y de ser estrictamente prudente, se podrá abrir una segunda ronda de intervenciones, conforme al procedimiento anteriormente descrito;

6. Al término de las comparecencias programadas, el Presidente dará por concluidos los trabajos y clausurará la reunión;

7. Cualquier aspecto no previsto en el presente procedimiento, será resuelto por acuerdo de la Junta de Coordinación Política.

Las y los integrantes de la Junta de Coordinación Política, podrán ser representados en las comparecencias por las o los diputados de su Grupo o Representación Parlamentaria que designe, mediante oficio que dirijan al Presidente de la Junta de Coordinación Política.

OCTAVA.- DE LA PROPUESTA AL PLENO. Concluida la revisión de los expedientes y, en su caso, desahogadas las entrevistas y exposición del Plan de Trabajo de las y los Profesionistas Registrados, la Junta de Coordinación Política formulará la propuesta al Pleno del Congreso para designar a los Consejeros del Consejo de Políticas Públicas, propuesta que se integrará con dos mujeres y dos hombres en términos del numeral 3 del artículo 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

El Pleno de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado, conocerá la propuesta para nombrar a las o los Consejeros del Consejo de Políticas Públicas y, en su caso, procederá a su discusión y aprobación. La aprobación y designación de las o los Consejeros del Consejo de Políticas Públicas requerirá del voto de las dos terceras partes del total de los miembros del Congreso del Estado, conforme lo dispuesto por el artículo 155, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

NOVENA. DE LA TOMA DE PROTESTA. Las y los ciudadanos que resulten designados por las dos terceras partes de los miembros del Congreso, Consejeros del Consejo de Políticas Públicas, deberá rendir protesta ante el Pleno de la Sexagésima Segunda Legislatura, en la sesión en que sean designados y entrará en funciones a partir del día siguiente de su toma de protesta para un periodo de tres años.

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

DÉCIMA.- La Junta de Coordinación Política y la Legislatura Local, se reservan la secrecía y confidencialidad de la información respectiva generada durante el

proceso de selección y designación de las y los Consejeros del Consejo de Políticas Públicas.

DÉCIMA PRIMERA.- Los resultados emitidos por la Junta de Coordinación Política y, en su caso, por el Pleno de la Legislatura Estatal, serán definitivos.

DÉCIMA SEGUNDA.- La Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Segunda Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, podrá modificar los plazos contenidos en la presente convocatoria.

DE LOS CASOS NO PREVISTOS

DÉCIMA TERCERA.- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Segunda Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

T R A N S I T O R I O

ÚNICO.- Désele la más amplia difusión para su conocimiento general y efectos legales procedentes.

Chilpancingo de los Bravo, Guerrero a 11 de marzo de 2021

A T E N T A M E N T E

DIP. EUNICE MONZÓN GARCÍA
PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA

DIP. DIMNA GUADALUPE SALGADO APÁTIGA
SECRETARIA DIP.

CELESTE MORA EGUILUZ
SECRETARIA

APRUEBAN DIPUTADOS LAS CONVOCATORIAS PARA INTEGRAR EL CONSEJO DE POLÍTICAS PÚBLICAS Y UN COMISIONADO DEL ITAIGRO

BOLETIN|DCS
Chilpancingo, Gro.
11 de marzo del 2021.

El Congreso del Estado emitió las convocatorias para seleccionar y designar a integrantes del Consejo de Políticas Públicas y a una o un comisionado del instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero.

En la sesión ordinaria de este jueves se aprobó el acuerdo que emite dichas convocatorias, propuesto por la Junta de Coordinación Política y leídos por los legisladores Guadalupe González Suástegui y Manuel Quiñónez Cortés.

En el documento se señala que el Consejo de Políticas Públicas es un órgano con autonomía técnica adscrita y dependiente del Ejecutivo estatal que tiene por objeto la planificación de políticas públicas para el desarrollo de la entidad, mismo que está integrado por cinco consejeros, uno de los cuales es designado por el gobernador y los otros cuatro por el Congreso local.

El proceso de selección estará a cargo de la Jucopo, que a partir del 15 y hasta el 26 de marzo de este año recibirá, cotejará y revisará la documentación establecida en la convocatoria en un horario de 9 a 15 horas, en el edificio del Poder Legislativo.

Los guerrerenses interesados en participar deberán cubrir los siguientes requisitos: ser mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; tener cuando menos 30 años cumplidos el día de la designación; gozar de buena reputación; no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal ni estar inhabilitado para el desempeño de cargos públicos, y haber residido en el estado durante cinco años anteriores al día de su nombramiento.

También contar con conocimientos especializados y experiencia debidamente comprobada en el ámbito de su competencia, cinco años de experiencia dentro de la administración pública, poseer título y cédula profesional de licenciado en áreas afines, no ser ministro de ningún culto religioso y no haber sido dirigente de algún partido político ni postulado para cargo de elección popular dentro de los tres años anteriores a su designación.

Luego del registro de los aspirantes y la verificación de los requisitos, se llamará a los aspirantes para comparecer ante los miembros de la Jucopo para que expongan su plan de trabajo de manera presencial o virtual; y posteriormente, se formulará la propuesta al Pleno de dos mujeres y dos hombres, en términos del numeral 3 del artículo 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

Las y los que resulten electos consejeros del Consejo de Políticas Públicas deberán rendir protesta ante el Pleno de la Sexagésima Segunda Legislatura en la misma sesión, y entrarán en funciones a partir del día siguiente de su toma de protesta, para un periodo de tres años.

En el caso de los requisitos para la selección y designación, por un periodo de siete años, de la o el comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Guerrero, sólo estarán impedidos para participar aquellos servidores públicos que hayan sido responsables del ejercicio de recursos públicos o hayan ejecutado programas o acciones de gobierno, cuando menos los dos años anteriores.

Entre otros requisitos, está el ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, preferentemente guerrerense, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos; tener cuando menos treinta años cumplidos al día de la designación; gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal, ni estar inhabilitado para el desempeño de cargos públicos; haber residido en el estado durante los cinco años anteriores al día de la designación y contar con conocimientos especializados y con experiencia debidamente comprobada en la materia.

Asimismo, poseer al día de su nombramiento título y cédula profesional de licenciado en áreas afines a la materia, no haber sido titular de ninguna dependencia, entidad u organismo de la administración pública estatal o municipal o representante popular federal o estatal, o titular de alguno de los sujetos obligados durante los tres años previos al día de su nombramiento; no ser ministro de ningún culto religioso ni dirigente de algún partido político, o postulado para cargo de elección popular dentro de los tres años anteriores a su designación.

Tampoco estar inhabilitado para ejercer cargos públicos, ni haber sido servidor público diverso de los indicados en la fracción VII del artículo 37 de la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, cuando menos dos años anteriores a la designación, y contar con probada honradez, honorabilidad y probidad.

Toma de protesta

Ante el Pleno del Congreso del Estado rindió protesta Rocío Alonso Reyes al cargo y funciones de diputada integrante de la LXII Legislatura.

Asimismo, Félix González Vázquez y José Efrén López rindieron protesta al cargo y funciones de presidentes municipales de Cualac y Azoyú, respectivamente.