BOLETIN|DCS
Chilpancingo, Gro.
31 de marzo del 2021.
El Congreso del Estado aprobó un acuerdo que establece las reglas de neutralidad para el uso de recursos públicos por parte de las y los servidores públicos del Poder Legislativo, diputadas y diputados, con motivo del proceso electoral.
Esto en la sesión de este miércoles, al dar lectura a la propuesta de la Junta de Coordinación Política, la diputada Guadalupe González Suástegui refirió que desde el 9 de septiembre de 2020 dio inicio el proceso electoral para la gubernatura, diputaciones locales y ayuntamientos, y que en este mes de marzo comenzaron las campañas.
Indicó que, derivado de las reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, se hace necesario que el Congreso emita las reglas que den cumplimiento a los principios de neutralidad, para evitar la intromisión de quienes ostentan funciones públicas en actos relacionados con las elecciones.
En el acuerdo se establece que las y los servidores públicos del Congreso se abstendrán de utilizar los recursos a su cargo y de participar en horario laboral en actividades de proselitismo, difusión o promoción del voto a favor de candidatas, candidatos o partidos políticos.
Asimismo, las diputadas o diputados que pretendan ser reelectos para un periodo consecutivo sin separarse del cargo, deberán observar estrictamente las disposiciones dirigidas a preservar la equidad en las contiendas, así como el uso eficiente, eficaz, transparente e imparcial de los recursos públicos.
Para cumplir con el acuerdo, los servidores públicos y legisladores deberán abstenerse de incurrir en actos anticipados de
campaña y de participar en actos de proselitismo político durante el horario que funcione la Cámara de Diputados o en el tiempo en que estén obligados a asistir a las sesiones.
Además, no podrán disponer de recursos públicos para cualquier acto de proselitismo político, así sean humanos, materiales o económicos, y para estar acorde con el horario, para los servidores públicos será de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 horas, y para las y los diputados el horario que duren las sesiones en los días que determine la Presidencia de la Mesa Directiva.
En caso de no sujetarse a lo estipulado, se sancionará con el descuento de la dieta correspondiente, en el caso de las y los diputados.