Boletín/DGCS
Congreso LXII Legislatura
Chilpancingo, Gro.
1 de septiembre de 2020
El diputado Carlos Cruz López presentó una iniciativa de reforma a la Ley Número 266 de Catastro Para los Municipios del Estado de Guerrero, con el objeto de establecer la obligación de las autoridades catastrales de evitar que se sustraigan toda clase de antecedentes registrales, catastrales o de propiedad de los archivos, y para que cuando la autoridad actúe, aun mediante oficio, justifique ese proceder y se instauren los límites de su actuación.
Dicha Ley reside en tener el control e inventario de los bienes inmuebles que se encuentran dentro del área geográfica de un municipio, y de este modo se conozca el número de empadronados, para que sea más fácil la recaudación del impuesto predial y generar los recursos necesarios para satisfacer las necesidades propias del Ayuntamiento y de la ciudadanía.
Sin embargo, señala el legislador de Morena que hay servidores públicos que cada cambio de administración municipal realizan la indebida e ilegal práctica de sustraer documentos que se encuentran dentro de cada expediente catastral o hacen nuevos registros catastrales en propiedades donde el dueño no hizo ninguna transmisión de dominio, sin que ninguna autoridad jurisdiccional haya ordenado realizar algún movimiento, provocando inseguridad jurídica en el patrimonio de la ciudadanía e incurriendo en actos de desposeimiento, al privarles a algunas personas de sus patrimonio y trasgrediendo su derecho.
Esta iniciativa que fue turnada para su análisis a la Comisión de Hacienda del Congreso, propone reformar la fracción II del artículo 16, así como adicionar la fracción XI del artículo 7 y el artículo 92 bis a la Ley antes mencionada.
Exhorto al Ejecutivo estatal y al secretario del SUSPEG
El diputado Carlos Cruz López también presentó una propuesta de exhorto al jefe del Ejecutivo estatal y al secretario general del Sindicato Único de Servidores Públicos del Estado para que conminen a los representantes del Estado y de los trabajadores a que nombren al tercer árbitro que fungirá como presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje.
El legislador refiere que este Tribunal es donde se dirimen las controversias que se suscitan entre las dependencias del Estado, los Municipios y sus trabajadores, y por la naturaleza de los asuntos que ahí se tramitan, no se deben mantener suspendidos los asuntos.
Dijo que el hecho de continuar acéfala esa Presidencia va en contra de lo que ordena el numeral 17 de la Constitución General de la República Mexicana, por lo cual resulta necesario que los representantes del gobierno estatal y el representante de los trabajadores al servicio del Estado, de común acuerdo y a la brevedad posible, procedan a nombrar al tercer árbitro que fungirá como presidente de la institución, o en su defecto mencionen el impedimento legal para no realizarlo.
La propuesta se analiza en la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo del Congreso local.