Rommel Rodríguez/NOTYMAS
Chilpancingo, Gro., diciembre 09 del 2019 (NOTYMAS).–La diputada local por Morena, Mariana García Guillén, propone reformar el Código Penal del estado para tipificar como delito el fraude familiar o engaño del cónyuge para evadir el pago de la pensión alimenticia.
En la sesión de este jueves, García Guillén manifestó que cuando un matrimonio o concubinato se enfrenta a un divorcio o separación, los bienes materiales resultan un problema insoslayable cuando alguno de ellos, con el ánimo de perjudicar al otro, traspasa o los pone a nombre de otra persona o de algún familiar, afectando el patrimonio de la contraparte, así como a las hijas e hijos.
Otro de los engaños, es cuando, los deudores alimentarios de manera dolosa, manifiesta que su salario es inferior al que realmente perciben, y solicita a su patrón o a las empresas donde trabajan que informen que sus ingresos son menores, a fin de demostrar su estado de insolvencia; estos actos, -dijo la morenista- son considerados como fraude familiar, pues uno de los cónyuges “evidentemente está engañando al otro, al ocultar los bienes del matrimonio”.
Por tal motivo, la presente iniciativa, va en el sentido de proteger el patrimonio, prevenir la violencia familiar y asegurar los derechos de niñas, niños y adolescentes guerrerenses.
García Guillén explicó que dicho delito ya está contemplado en el artículo 390 del Código Penal Federal, y en el de Guerrero, sólo se prevé el delito de incumplimiento de la pensión alimentaria, así como el de insolvencia fraudulenta en perjuicio de acreedores.
Sin embargo, lamentó que, a pesar de estas disposiciones vigentes, y de que Guerrero es una de las entidades con mayor porcentaje de madres de familia en condición de pobreza multidimensional, aún persiste la insuficiencia normativa que haga válida, efectiva y eficiente las disposiciones para evitar que las personas responsables alimentarias se sustraigan de sus obligaciones.
Al argumentar con cifras, la diputada informó que en Guerrero, tan sólo el año pasado, hubo 3 mil 613 divorcios, y en la mayoría se observaron severos casos de desigualdad hacia la mujer.
Por tal motivo, al tipificar como delito el fraude familiar, se le impondrá una pena de uno a cinco años de prisión y una multa de 360 veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien, en detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio o el concubinato, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes. (www.notymas.com)