PLANTEA DIPUTADO CARLOS CRUZ QUE LEYES Y DECRETOS LLEVEN EL NOMBRE DEL PROMOVENT

Boletín/DCS/

Chilpancingo, Gro.,

20 Noviembre del 2019.-

 

Para que los ciudadanos estén informados del trabajo que realizan sus diputados, el legislador Carlos Cruz López propuso que toda Ley o Decreto que se expida lleve el nombre completo del proponente de la iniciativa.

En esta propuesta de reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero, el diputado de Morena expone que es una responsabilidad permanente de todo legislador informar sobre el seguimiento y evaluación de una iniciativa, para que los ciudadanos tengan la oportunidad de opinar, mejorar o corregir esta función, así como juzgar bien o mal, y reconocer el comportamiento ante determinadas circunstancias.

Manifestó que los diputados tienen entre sus principales funciones el crear, analizar y reformar leyes en representación de la ciudadanía, así como realizar gestiones sociales, y garantizar que los actos del gobierno sean conforme a derecho.

Especificó que la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado establece los requisitos que debe contener un decreto cuando se ordena su publicación en el Periódico Oficial; sin embargo, no está previsto que también aparezca en la publicación de la Ley o Decreto el nombre de su autor, pero sí en el caso de las iniciativas que remite el Ejecutivo estatal.

Ante esto, Cruz López propone que se inserte el nombre del autor de la iniciativa, como “una práctica de rendición de cuentas, estableciéndose como un deber de los servidores públicos el

informar, justificar, responsabilizarnos pública y periódicamente ante nuestros representados por nuestras actuaciones, y sobre todo por la transparencia del trabajo realizado y el uso dado a nuestras remuneraciones, así como los resultados obtenidos en el ejercicio de nuestra actividad legislativa en favor de la colectividad”.

De aprobarse esta iniciativa que se analiza en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, quedaría establecido que el presidente de la Mesa Directiva realizará el trámite respectivo para la expedición de la Ley o Decreto de que se trate, insertando el nombre completo del proponente.

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