Boletín | DCS | Congreso del Estado | Chilpancingo, Gro. | 4de septiembre de 2024.
Diputadas y diputados de la LXIV Legislatura aprobaron un acuerdo parlamentario por el que se establecen los días y horas hábiles del Congreso del Estado.
El acuerdo suscrito por las diputadas y diputados integrantes de la Mesa Directiva, mismo que fue aprobado por unanimidad en la sesión ordinaria del pasado martes, precisa que tras haberse instalado el día primero de septiembre de este año la LXIV Legislatura, es necesario establecer los días y horas hábiles para conocer, resolver y, en su caso, aprobar, ratificar o emitir resoluciones de su competencia.
Agrega que para armonizar y homologar los plazos y términos del Poder Legislativo, deben ser considerados como días hábiles para efectos de cómputo y días de suspensión de labores de la LXIV Legislatura, además de los sábados y domingos, los establecidos en la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado, durante los cuales no correrán los plazos y términos legales, con excepción de los días útiles en los cuales las leyes de la materia establezcan fecha límite, o aquellos en que el Pleno o la Comisión Permanente celebre sesiones.
También, que para la recepción de documentación en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, se establecen como horas hábiles de las 09:00 a las 15:00 horas, con excepción de casos de urgencia y atención preferente, o cuando lo determine la Presidencia de la Mesa Directiva o la Junta de Coordinación Política.